martes, 22 de diciembre de 2009

De los municipios de las dos Villas

Compañeras apoyan a las denunciantes de acoso
También fustigaron al SUOEM por inclinarse hacia sus directivos acusados. En una nota se detallan los tipos de acoso y las leyes existentes.
Un grupo de trabajadoras municipales salió en apoyo de sus compañeras denunciantes de acoso sexual. Como se recordará, a principios de este mes, seis empleadas de la Municipalidad de Villa María denunciaron ante la Justicia a funcionarios jerárquicos por acoso sexual.
En las últimas horas, empleadas de las comunas local y de Villa Nueva, salieron a respaldar la denuncia y a exigir justicia, a través de una nota suscripta por la delegada villanovense Mónica Gramaglia.
“Estudios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) -señala la carta de Gramaglia- informaron que el dos por ciento de las personas que trabajan en el mundo -y en especial las mujeres- padecen acoso sexual. Existen varias definiciones sobre el concepto de acoso sexual plasmadas en las leyes, fallos de tribunales, códigos y convenios colectivos. Si bien pueden diferir en ciertos detalles, expresan equivalentes puntos clave: acoso sexual es toda conducta de naturaleza sexual y basada en el sexo, que afecta la dignidad de hombres y mujeres, por lo que resulta ingrata, ofensiva, humillante e irrazonable para quien la recibe. En los lugares de trabajo, además, crea un ambiente intimidatorio y hostil."
La Secretaría de la Mujer de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) realizó un estudio del tema y destacó cinco niveles de conductas de acoso sexual.
  • Acoso verbal: conversaciones de contenido sexual, piropos, chistes.
  • Acoso no verbal y sin contacto físico: muecas, gestos lascivos, miradas.
  • Acoso fuerte, verbal: invitaciones con intenciones sexuales, llamadas telefónicas, cartas.
  • Acoso fuerte, con contacto físico: manoseo, acorralamiento.
  • Acoso muy fuerte: presiones físicas y psíquicas para concretar el contacto íntimo.
Para quien lo padece, las consecuencias del acoso sexual pueden manifestarse de diversas formas: ansiedad, estrés, depresión, trastornos psicosomáticos, como problemas digestivos, cutáneos o jaquecas, entre otros.
Legislación
Gramaglia puntualizó que "No existe en nuestro país una normativa específica a nivel nacional aplicable al ámbito privado respecto del acoso sexual en las relaciones laborales. La convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar este tipo de violencia de Belem do Pará, ratificada por Argentina por la Ley 24.632 en abril de 1996, se refiere expresamente al acoso sexual como una forma de violencia en contra de las mujeres, pero que aún no ha adquirido rango constitucional. El artículo 2 de la Convención aclara que la violencia contra la mujer comprende "el acoso sexual en el lugar de trabajo así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar y que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra".
Sin embargo, en el país, la persona afectada no cuenta con ningún mecanismo directo que le posibilite obligar al acosador a cesar en su conducta. A nivel nacional, en el ámbito de la función pública rige el Decreto 2.385 de 1993, que introdujo el tema del acoso sexual por vía reglamentaria. Al definir el acoso sexual se refiere al funcionario que en ejercicio de sus funciones se aprovecha de una relación jerárquica e induce a otro a acceder a sus requerimientos sexuales (exista o no acceso carnal).
Dónde acudir
En caso de acoso sexual, el Instituto mencionado recomienda recurrir al área Mujer del sindicato al que pertenece la trabajadora.
"Esta sugerencia es por cierto lógica y coherente si la vemos desde el punto de vista que consideramos como sindicato a un grupo de personas que como objetivo principal y primordial tiene el de velar por la optimización de las condiciones laborales, entre ellas la integridad física y emocional de los empleados municipales.
Como ha quedado demostrado que no es el ánimo de la comisión Directiva del Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales (SUOEM), cuando parte de sus directivos son los que están denunciados por acoso sexual perpetrado durante mucho tiempo sobre nuestras compañeras municipales, es por ello que las empleadas municipales de Villa María y Villa Nueva adhieren en apoyo total e incondicional hacia ellas y en repudio al accionar de estas personas, que por cierto dejan planteados muchos interrogantes.
Esperamos que se haga justicia por la dignidad de la mujer, que siempre es vulnerada ante el accionar despreciable de personas inescrupulosas que haciendo uso de su poder, tratan de satisfacer sus bajos instintos", expresó Gramaglia.
Fuente. El diario, empresa recuperada por sus trabajadores de prensa y gráficos.

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