viernes, 7 de diciembre de 2007

Cinco Nuevos Afiliados al CISPREN

El Circulo Sindical de la Prensa y la Comunicación tiene 5 nuevos afiliados en LV28 RADIO VILLA MARÍA. El hecho para nosotros "histórico" fue el producto de una ardua negociación que tuvo instancias hasta en el Ministerio de Trabajo de la Provincia, para lograr que LV28 aceptara las cinco afiliaciones de trabajadores de esa emisora que decidieron libremente pertenecer a nuestra organización sindical. Valiéndonos de la norma 23551, Ley de asociaciones profesionales y sindicales, hemos logrado que ahora 6 compañeros locutores y operadores pertenezcan a nuestro sindicato, y decimos 6 porque hace ya 2 años habíamos logrado el reconocimiento por parte de la empresa como afiliada de la Cra. Stella Maris Cabrera. Queremos aprovechar este blog para recordad los artículos de la Ley 23551 que le otorgan el derecho de afiliación a los trabajadores y la libertad sindical en cualquier empresa: Art. 2.- Las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores se regirán por esta ley. A los fines de la ley se entiende por trabajador a quien desempeña una actividad lícita que se presta en favor de quien tiene facultad de dirigirla. Art. 3.- Entiéndese por interés de los trabajadores todo cuanto se relacione con sus condiciones de vida y de trabajo. La acción sindical contribuirá a remover los obstáculos que dificulten la realización plena del trabajador. Art. 4.- Los trabajadores tienen los siguientes derechos sindicales: a) Constituir libremente y sin necesidad de autorización previa, asociaciones sindicales; b) Afiliarse a las ya constituidas, no afiliarse o desafiliarse; Queda clara la legislación verdad?. Sería importante que todas aquéllas empresas que obstaculizan las libertades de los trabajadores y cercenan sus derechos, estudiaran la legislación vigente, para entender quienes son los que realmente se encuentran fuera de la ley. Bienvenidos Compañeros de Radio Villa María a la familia del CISPREN (Publicado en: http://www.cisprenvm.blogspot.com/)

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