martes, 18 de mayo de 2010

Policía vigila estudiantes secundarios

Docentes apelan a la "pedagogía" policial

Ante la dura realidad de que una escuela de Villa María apela a la fuerza policial para "vigilar" la conducta de sus alumnos, la VACAP - CTA ha emitido un comunicado. Debe recordarse que la Policía de la Provincia de Córdoba en estos casos generalmente aplica el Código de Faltas provincial, ley dictada en período democrático y que está considerado como violatorio de los derechos humanos según informes del Comité de la ONU que vigila el pacto internacional de lo derechos civiles y políticos. 

Ni desde el gobierno provincial (justicialista) ni desde la oposición provincial, o el gobierno local (el justicialista Eduardo Accastello) se hace nada para reformar o derogar este Código cuestionado por permitir que la policía tenga arbitrariamente a cualquier ciudadano. 

Aquí el comunicado de VACAP - CTA:


“La Policía traspasa los muros de una escuela”

El despertar adolescente supone la posibilidad de rever todas sus vivencias con otra mirada. En estos tiempos que vamos caminando hacia una construcción de inclusión de los chicos de nuestra sociedad, ocurren situaciones que llaman la atención.

En el Comercial, o IPEM 147, durante los días de clase la Policía hace guardia frente a la escuela, para ejecutar en cualquier circunstancia el “disciplinador” Código de Faltas de la provincia de Córdoba.

A pesar de advertir sobre los procedimientos de la Policía de Villa María, el personal directivo de la institución considera que es necesario “vigilar” al alumnado para lograr una disciplina determinada.

Curiosa resulta la medida adoptada por este colegio público, gratuito y laico. Pero aún sorprende más que un número importante de docentes esté de acuerdo con dicha medida, avalando a la Dirección.

VACAP-CTA Villa María, Antirrepresiva Córdoba y Correpi Buenos Aires quieren acercarte algunos elementos mínimos que te permitan a vos, a tus familiares o a tus amigos defenderte ante algún caso de detención arbitraria te dejamos algunas consideraciones a tener en cuenta:

* Nadie tiene obligación legal de llevar sus documentos al salir a la calle, menos aún un menor de edad. Sin embargo, como la falta de documentos es una excusa habitual para detenerte, trata de llevarlos siempre que salgas.

* Las personas mayores de 18 años pueden ser detenidas por la Policía si están cometiendo un delito (“in fraganti”), por tener orden de captura de un juez en una causa ya iniciada o por averiguación de identidad.

* Los menores de 18 años pueden ser detenidos si están cometiendo un delito o por orden judicial, pero no “en averiguación de identidad” o “para identificar”; pero si te ocurre o si te detienen “por estar en la calle después de las 22”, o porque sí, recordá que:

1) No te pueden esposar ni llevar en un auto que no se identifique como policial. Tampoco te pueden encerrar en un calabozo ni tenerte junto a mayores de edad ni quitarte los cordones y/o cinturón ni hacerte “tocar el pianito” ni incomunicarte.

2) Lo primero que tiene que hacer el policía que te detuvo al entrar a la Comisaría es avisar al juez de Menores de turno. Preguntá qué juez está de turno y si le dieron intervención, por si te toca un policía con mala memoria.

3) Tenés derecho a llamar de inmediato a tu familia, a tu abogado o a una persona de confianza.

4) El único que puede revisarte es un médico. Aunque tenga guardapolvo, pedile su matrícula (es como un carné). Nadie más tiene derecho a revisarte o hacerte quitar la ropa.

5) Una persona mayor de edad que sea responsable por vos tiene que ir de inmediato a la Comisaría, porque el juez de Menores sólo ordena la “entrega” del menor a los padres o tutores. Si no hay un mayor responsable, puede decidir que estás “en situación de abandono o desamparo” y mandarte a un instituto de menores, donde con seguridad vas a estar abandonado y desamparado.

¡Atención!

Si durante la detención (por el motivo que sea) la Policía comete cualquier irregularidad o no respeta tus derechos, una vez afuera podés denunciarlo personalmente si sos mayor de edad o por intermedio de tus padres o tutores si sos menor.

Si supones que un amigo o familiar tuyo fue detenido, y no sabés por qué motivo, no te lo quieren decir, no sabés dónde está o tenés motivos para pensar que le hayan pegado, podés interponer un recurso de hábeas corpus. En cada lugar donde hay tribunales hay un juzgado de turno para hábeas corpus, no importa la hora del día o de la noche. El que presenta el recurso no necesita tener documentos ni ser pariente del detenido. Tampoco hace falta hacerlo por escrito ni se necesita un abogado.

Cualquiera, sea mayor o menor, puede hacer un hábeas corpus si cree que alguien está ilegalmente detenido.

El hábeas corpus puede ser preventivo (si suponés que podés ser privado ilegítimamente de tu libertad, antes de que esto suceda), represivo (mientras estás detenido), reparador (para evitar que permanezcas detenido ilegalmente) o restrictivo (si suponés que estás siendo restringido en alguno de tus derechos).

El juez tiene que comunicarse con todas las comisarías (o con la que vos le digás) hasta encontrarlo, saber por qué lo detuvieron, y te lo tiene que informar.

Si la detención es ilegal, tiene que ordenar la libertad.

Denuncias: los miércoles a las 19.30, en la sede de la CTA, sita en Catamarca 1044.

¡Tenés derechos!

Vecinos Autoconvocados Contra los Abusos Policiales (VACAP


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